Entre las muchas corruptelas y actos delictivos que resplandecen en lo que se ha ido sabiendo del sobreexplotado caso Gürtel, no debería pasar inadvertido un hecho, que pudiera ser considerado delictivo, y que, en cualquier caso pone en cuestión la nulidad de buena parte del sumario por su insólita gravedad. Al parecer, el juez Garzón, decidió grabar conversaciones privadas entre algunos de los procesados y sus abogados. De ser cierta esta noticia, Garzón habría violado de manera flagrante el marco jurídico que da sentido al derecho de defensa. Tal vez cupiera pensar que el juez Garzón, que, por ejemplo, no se mostró muy cierto de la muerte de Franco, desconozca la legalidad al respecto, pero no parece que una excusa de este jaez pueda servir de mucho, ni siquiera en beneficio de Garzón, un magistrado que pisotea los bordes de la legalidad con la aparente disculpa de ser un profesional ligeramente chapucero.
Afortunadamente, los abogados no han permanecido en silencio frente a la revelación de semejantes irregularidades que han obtenido la repulsa del Consejo general de la abogacía, mientras, tanto el Colegio de Abogados de Madrid, como los profesionales afectados, han anunciado que presentarán querella contra un juez que podría empezar a coleccionarlas, lo que resulta sobremanera llamativo. Se trata de un asunto ante el que el Consejo general del poder judicial tampoco debiera permanecer al margen, aunque eso pudiere suponer algún disgusto a los que habitualmente se erigen en defensores de las irregulares peculiaridades del famosísimo juez.
La doctrina según la cual todo vale con tal de hacer Justicia es, además de muy peligrosa, enteramente ajena a cualquier régimen democrático, y se da de bruces con nuestro sistema jurídico que es absolutamente garantista. Es muy probable que se hayan de modificar o pulir algunos extremos del garantismo, mas esta no es tarea que pueda dejarse al arbitrio de un juez que, audazmente, sea capaz de colocarse por encima de la ley con tal de conseguir tales propósitos. La conducta que pueda estimarse ejemplar en un aventurero romántico no puede servir de plantilla para un juez, cuya obligación no es la obtención de discutibles objetivos, sino la administración de justicia con respeto a las garantías que protegen a los imputados y que, en último término, se fundan en su derecho constitucional a la presunción de inocencia. Ni siquiera en el caso Gürtel, cuya podredumbre lleva espantando desde hace largos meses a los españoles decentes, puede un juez, y tampoco Garzón, tomarse la justicia por su mano.
En fin, parece que puede haber llegado el momento de que, quien actúa como si desconociese por completo normas procesales relativamente elementales, llegue, finalmente, a conocer su existencia y a valorar su importancia, defendiéndose de los graves hechos que se le imputan. Esperemos que la Justicia sepa ser siempre ciega, especialmente ante casos que seguramente puedan obnubilar a más de uno.