La reforma electoral

La propuesta de Esperanza Aguirre para modificar el sistema de elección de los parlamentarios de la Comunidad de Madrid ha tenido la virtud de poner negro sobre blanco un debate que responde a una amplísima demanda social.
Son muchos los españoles que se quejan de la escasa representatividad de los políticos, mucho mayor, en cualquier caso, de la que pueden reclamar cualquier especie de movimientos. El sistema de partidos ha evitado el riesgo de fragmentación, muy visible en la transición, pero puede haber incurrido en una excesiva rigidez. El sistema proporcional tiene sus ventajas y sus inconvenientes,  y entre éstos está el hecho de que, obviamente, favorece que los partidos políticos puedan alejarse cuanto quieran de la voluntad explícita de sus electores. Tras casi cuarenta años de vigencia, es normal que se plantee revisar la ley electoral buscando una reforma que favorezca más a los electores.
En los orígenes de la transición, se planteó  la adopción del sistema mayoritario, que favorece más la gobernabilidad y que, en conjunción con distritos de pequeño tamaño conduce a un Parlamento que respete la distinción entre el ejecutivo y el legislativo, ahora enteramente inexistente. Los partidos de izquierda, se opusieron por el miedo a que los políticos que provenían del régimen, apoyados en su mayor notoriedad, pudieran  dejar fuera de juego a los jóvenes y desconocidos políticos de la izquierda, de manera que se optó por el sistema proporcional, posteriormente constitucionalizado en el artículo 68, al tiempo que fijaba la provincia como distrito electoral. Cualquier modificación de estas dos normas exigiría, por tanto, una reforma constitucional. Ahora bien, esto no quiere decir que no se pueda hacer nada sin tocar la Constitución: ésta es la línea en la que apunta la propuesta de Esperanza Aguirre y, según publicó La Gaceta, ésta es también una propuesta que contaría con el visto bueno del Consejo de Estado.
Según se desprende de los estudios que ha realizado el Consejo de Estado, sería perfectamente factible reforzar  el poder de los electores para designar los candidatos concretos a favor de los que depositan el voto. Este avance, que el Consejo advierte que podría crear dificultades a las direcciones de los partidos, obligaría a los partidos a democratizar de alguna manera su estructura y funcionamiento, según ordena la Constitución Española en su artículo 6, y podría llevarse a cabo mediante un cambio relativamente sencillo en el sistema de listas cerradas y bloqueadas, que se podría reforzar, como sugiere Aguirre, en el caso de las elecciones autonómicas, introduciendo distritos de menor tamaño para elegir menor número de diputados. 

El Consejo de Estado, estima que el sistema probablemente tendría efectos beneficiosos en la medida en la que fomenta la participación política de los ciudadanos, y, por tanto, hace posible una mayor implicación de los españoles  en el funcionamiento de las instituciones. No tiene mucho sentido empecinarse en mantener el statu quo cuando son evidentes los defectos a los que ha llevado el régimen actual, y es perfectamente lógico ir ensayando con pequeñas reformas que, en su día, pudieran conducir a la modificación de la Constitución, incluso a la adopción del sistema mayoritario, pues ahora no tendría ningún sentido invocar el argumento de que unos políticos no resultan ten reconocibles como otros. La reforma ideal sería, por tanto, la del régimen de las Comunidades Autónomas que prestarían así una experiencia muy valiosa al conjunto de la Nación.


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